Newsletter agosto 2018
CONAR da la bienvenida a nuevos Directores Con una cena en el Club de Polo San Cristóbal, el Presidente del […]
CONAR da la bienvenida a nuevos Directores Con una cena en el Club de Polo San Cristóbal, el Presidente del […]
Según lo dispone el artículo 27°-A del Reglamento de Funciones y Procedimientos del Conar, en el caso que cierta publicidad […]
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Según lo dispone el artículo 27°-A del Reglamento de Funciones y Procedimientos del Conar, en el caso que cierta publicidad objetada
• El organismo, cuyo objetivo es promover las buenas prácticas en la industria, respetando las culturas y tradiciones locales, permitirá preservar la libertad de expresión comercial y el comportamiento responsable frente a los consumidores de todo el mundo.
• La estructura y funcionamiento de esta agrupación fue anunciado a fines de octubre en el contexto de un nuevo encuentro de la Alianza Europea de Estándares de Publicidad, EASA, celebrado en Portugal.
Según lo dispone el artículo 27°-A del Reglamento de Funciones y Procedimientos del Conar, en el caso que cierta publicidad objetada por el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria se continúe exhibiendo, éste, de oficio o a petición fundada de la parte interesada, podrá denunciar el desacato. En dicho caso, luego de cumplidas las formalidades que el reglamento contempla, y de tenerse por acreditado el desacato, el CONAR adoptará las medidas a su alcance que correspondan para promover el cumplimiento de sus decisiones, pudiendo hacer público el desacato e incluso ordenar la publicación del Dictamen Ético incumplido.
A continuación se transcribe la resolución mediante la cual se notifica al representante de Ideal el desacato:
Según lo dispone el artículo 27°-A del Reglamento de Funciones y Procedimientos del Conar, en el caso que cierta publicidad objetada por el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria se continúe exhibiendo, éste, de oficio o a petición fundada de la parte interesada, podrá denunciar el desacato. En dicho caso, luego de cumplidas las formalidades que el reglamento contempla, y de tenerse por acreditado el desacato, el CONAR adoptará las medidas a su alcance que correspondan para promover el cumplimiento de sus decisiones, pudiendo hacer público el desacato e incluso ordenar la publicación del Dictamen Ético incumplido.
A continuación se transcribe la resolución mediante la cual se notifica al representante de Ideal el desacato:
Según lo dispone el artículo 27°-A del Reglamento de Funciones y Procedimientos del Conar, en el caso que cierta publicidad objetada por el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria se continúe exhibiendo, éste, de oficio o a petición fundada de la parte interesada, podrá denunciar el desacato. En dicho caso, luego de cumplidas las formalidades que el reglamento contempla, y de tenerse por acreditado el desacato, el CONAR adoptará las medidas a su alcance que correspondan para promover el cumplimiento de sus decisiones, pudiendo hacer público el desacato e incluso ordenar la publicación del Dictamen Ético incumplido.
A continuación se transcribe la resolución mediante la cual se notifica al representante de Ideal el desacato:
Según lo dispone el artículo 27°-A del Reglamento de Funciones y Procedimientos del Conar, en el caso que cierta publicidad objetada por el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria se continúe exhibiendo, éste, de oficio o a petición fundada de la parte interesada, podrá denunciar el desacato. En dicho caso, luego de cumplidas las formalidades que el reglamento contempla, y de tenerse por acreditado el desacato, el CONAR adoptará las medidas a su alcance que correspondan para promover el cumplimiento de sus decisiones, pudiendo hacer público el desacato e incluso ordenar la publicación del Dictamen Ético incumplido.
A continuación se transcribe la resolución mediante la cual se notifica al representante de Ideal el desacato: