El Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria, decidió acoger este miércoles un reclamo contra la empresa automotriz que, a través de su cuenta de twitter, llamaba a conducir sobre el campo dunar, que fue declarado Santuario de la Naturalez en 1993.
“La publicidad cuestionada no debiera difundirse nuevamente”, se lee en el fallo que este miércoles emitió El Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (Conar), sobre el polémico anuncio de la marca Jeep Chile que llamaba a conducir sobre las dunas de Concón.
La polémica se inició en mayo, cuando la empresa automotriz colgó en su cuenta de Twitter una imagen de los montículos acompañada de la frase: “¡Las dunas de Concón son un excelente lugar para ir a Jeepear!”.
Sin embargo, el dictamen llega luego de un mes, en que el Conar se dedicó a analizar el reclamo que fue presentado por la concejala por Concón, Sandra Contreras, quien consideraba al anuncio “un descriterio y una publicidad de pésimo gusto, además de ofensiva (…)”.
La empresa, a través de su cuenta de Twitter ya se había excusado por el anuncio: “Lamentamos lo ocurrido y pedimos disculpas a quienes se sintieron afectados. Jeep Chile siempre ha estado a favor de proteger el medio ambiente’. Junto con esto, la empresa borró de redes sociales la polémica imagen. Cabe recordar que las dunas de Concón fueron declaradas Santuario de la Naturalez en 1993.
A pesar de que Jeep Chile haya bajado el anuncio de su red social, Conar afirma en su fallo que: “Se reconoce la disposición de la reclamada en orden a haber retirado la publicidad de circulación”, sin embargo agrega que: “ello no obsta a que este Consejo se pronuncie igualmente, pues habiendo sido exhibida al público corresponde analizar y pronunciarse sobre el reclamo para orientación de la industria publicitaria frente a futuras comunicaciones”.En uno de los puntos del fallo, Conar hace referencia a su código de ética, donde establece que la publicidad “no incitará ni alentará comportamientos que perjudiquen el medio ambiente”.
Si bien El Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria no anunciar fallos que generan jurisprudencia, sí puede establecer amonestaciones a marcas que incurran en faltas éticas. Puedes revisar el dictamen completo de Conar aquí:http://www.elepicentro.cl/wp-content/uploads/2016/06/Rol-1014-Fallo-Conar.pdf